La justicia en X, un pueblo fantasma

fernandocajas

Fernando Cajas

La noticia es alarmante. Sucedió en el pueblo fantasma X. Los fiscales del sistema de justicia de X entran al hemiciclo parlamentario con el propósito de realizar una reconstrucción de los hechos, en seguimiento a la denuncia del diputado B , que se fue a quejar de que otro diputado le recibió una carta, que él mismo le entregó en sus manos y al ver que no era para él la misiva, decidió romperla. Ese terrible hecho lo hizo el diputado Sho, nombre real. Esto afectó la integridad física, mental, emocional, económica y principalmente social del diputado B quien raudo y con lágrimas en los ojos, aun con moretes en el cuerpo, cojeando, se dirigió a la sede central del juzgado contra delitos de lesa humanidad del pueblo fantasma X.

                Como en el Pueblo X el Ministerio Público lo dirige una secta pseudo religiosa que tiene su propia Constitución, que les permiten construir una comunidad dentro del sistema de tal forma que todos los miembros de la secta, desde el Líder Mesiánico de nombre anglo C. Esta lideresa, C, que tiene capacidades sobre humanas y excepcionales, quien es capaz de identificar los casos solamente a través de visiones de delirios mesiánicos ha logrado que todos y todas, hasta su representante de Relaciones Internacionales, Canito, de nombre falso, la adoren sin límites. Esto hace que las y los adeptos miembros del sistema de justicia de X sean adeptos hipercontrolados e hipercontroladores, con un enorme sistema de espionaje y un reglón presupuestario 08315 dedicado para su extensión religiosa en las redes sociales, Netcenter.

                Al llegar al juzgado de turno de X el diputado B iba en ambulancia, no nacional porque B no cree en nada que sea público, sino privada, herido de muerte. Presentó la evidencia del ataque terrorista a su persona en una declaración que fue tomada por una decena de oficiales del juzgado de turno de X, considerando que C había indicado que ese caso era de urgencia nacional. La oficial a cargo de tan importante denuncia sabía que la misma iba a cambiar la dirección y el futuro del Pueblo X, porque con eso reintegrarían a C a la red Iberoamericana de líderes carismáticos en representación de X.

Al terminar de brindar su declaración el diputado B, quien se hizo acompañar por un equipo de juristas internacionales para tan magno evento, dejó en manos del Ministerio Público de X la identificación del delito o los delitos en los que incurrió el desconocido que le rompió la carta. Como la Constitución en el Pueblo de X tiene un programa de atención a urgencias, le hizo saber al diputado B que su delito encuadra justamente en los crímenes de lesa humanidad que se están persiguiendo para lograr la paz social de X. Estos delitos son.

HECHOS:

  1. El diputado a quien B le entregó la carta, S; le sacó la lengua a B. No fue un extracción tipo carnicero, si no más cometió el delito de burla de forma continuada, pues duró veinte segundos con agravación de la pena al romperle el saco en el supuesto forcejeo por la carta, la cual quedó dividida en dos.
  2. El ahora el agraviado B, manifiesta que ya no pudo reconstruir la carta por lo que este hecho se tipifica como delito de daños al patrimonio personal de B.
  3. El agraviado B al entregar la carta indica que su intención no era entregársela al diputado desconocido, sino al presidente del Pueblo de X, por lo que acusa al diputado C de intromisión a la correspondencia, delito tipificado en el Código Penal de X como un delito grave (Artículo 296 A).

Ante tan grave situación, el sistema de justicia de X decidió utilizar todos sus recursos para averiguar la verdad, la cual se entiende como aquello que los miembros de la secta del sistema de justicia de X entienden como verdad, esto es, solo y solamente aquello que la lideresa C del les permite creer.

El Diputado B espera que este terrible hecho de sangre y de violencia sea investigado y se lleve al culpable a las ultimas consecuencias de la justicia de X.

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