Estado legal de derecho no necesariamente es un Estado Democrático

Autor: Jairo Alarcón Rodas

Por otro lado, es absurdo pensar que sea justo todo lo determinado por las costumbres y las leyes de los pueblos. ¿A caso también si son leyes de tiranos? Si los treinta Tiranos de Atenas hubieran querido imponer sus leyes, o si todos los atenienses estuvieran a gusto con leyes tiránicas ¿iban a ser justas esas leyes?

Marco Tulio Cicerón

Los Estados no se constituyen para establecer un Estado legal de derecho, este solo es un componente para lograr determinado objetivo, obtener la cohesión de la sociedad y el bienestar de sus habitantes; se constituyen para establecer un Estado Democrático. Pero, en países como Guatemala, dada su conformación, marcada por la influencia de las élites criollas e inclinación formalmente republicana, que tiene su epitome en la Constitución de 1985, las leyes constituyen un fin. No obstante, cabe resaltar, las leyes solo son un medio para construir un orden que propicie la armonía social y su bienestar.

En tal sentido, un país que posea una constitución, que ostente leyes que regule la convivencia de sus habitantes, no significa que se constituya en un Estado Democrático, aunque para serlo sea necesario e imprescindible un marco jurídico, un cuerpo de normas y leyes. De tal modo que las leyes son necesarias, pero no es esencialmente eso lo que constituye un Estado. Y es que las leyes pueden ser ambigua, tiránicas, sectarias y, consecuentemente, no representar los intereses genuinos de los habitantes de un país, las que sin duda deberían estar enmarcadas dentro del ámbito de la justicia y la equidad.

Países como Guatemala, en donde tradicionalmente los terratenientes, empresarios, los sectores dominantes exigen el cumplimiento de la ley, es decir, que se aplique la ley, pero a todos aquellos que pongan en peligro sus intereses, las leyes los protegen. En este país, en donde formalmente se exige a los guatemaltecos su cumplimiento, pero es bien sabido que su cumplimiento dista de ser realidad; en Guatemala, país en el que los abogados se han arrogado la potestad de señalar y conducir su destino, y por mucho tiempo lo han hecho, con poco criterio, ajenos a lo que representa un Estado,  el caos social es manifiesto.

De ahí que sea entendible que el principio de legalidad prevalezca sobre la consolidación de un Estado Democrático y la aplicación irrestricta de la ley más importante que la justicia. Y así, se defienden las instituciones sin tomar en cuenta que son las personas asignadas en los cargos las que, con su honradez y su capacidad, las dignifican.

Bien decía John Rawls: La justicia es la primera virtud de las instituciones sociales, como la verdad lo es de los sistemas de pensamiento. Una teoría, por muy atractiva, elocuente y concisa que sea, tiene que ser rechazada o revisada si no es verdadera; de igual modo, no importa que las leyes e instituciones estén ordenadas y sean eficientes: si son injustas han de ser reformadas o abolidas. En tal sentido, aquellos que defienden las leyes a pesar de ser injustas, solo muestran su perversidad.

Que exista un ministerio público, que se inauguren dependencias de esa institución en todo el país, que formalmente funcione un ente en los lugares más recónditos, que se diga que esa entidad persigue el crimen, no garantiza que así sea ni que esté investigado con eficacia y apego a la justicia si quien lo dirige es una persona corrupta e ineficiente, peor aún, comprometida con el crimen organizado, con el Pacto de Corruptos, como lo es la actual fiscal Consuelo Porras.

Así, desde CEDECON, la Liga Propatria, Guatemala Inmortal, hasta la Fundación Contra el Terrorismo y algunos juristas que defienden el estatus quo, el marco de legalidad en el que supuestamente se circunscribe el país, es lo más importante. Lo formal, en este caso, es más importante que lo real, es decir, que se respete la ley a toda costa. Para ellos, la ley debe cumplirse, sea o no justa, ya que consideran que con el solo hecho de ser ley es esencial para un Estado de Derecho, eso es lo que entienden por la defensa de la institucionalidad.

Pero ¿qué significa el irrestricto cumplimiento de la ley? ¿Es eso lo que determina a un Estado Democrático? Los que defienden el estado actual de cosas piensan que la cohesión y el bienestar de la sociedad se reduce a leyes. Pero es claro que, en un país como Guatemala, por encima de tales criterios, prevalecen los intereses sectarios, las inclinaciones político-ideológicas, los privilegios, por encima del bien común.

Así, a una fiscal general que ha demostrado a todas luces su ineptitud y corrupción, que con sus acciones ha puesto en peligro la estabilidad del país y, con la mayor desfachatez, asevere que está blindada por una ley, no significa que el país tenga que soportarla hasta que termine su periodo. Máxime, si su actuar ha estado enmarcado dentro de la corrupción e instrumentalización ilegítima.

No hay que olvidar que la soberanía le pertenece al pueblo y es este el que puede revocar su mandato. Por otra parte, han sido evidentes las acciones emprendidas por la jefa del ministerio público que han puesto en riesgo la institucionalidad del país, más que eso, la estabilidad social, lo que representa causa suficiente para ser despedida del cargo.

Y el ente que está obligado a garantizar la paz y la cohesión social, la Corte de Constitucionalidad, con sus resoluciones tendenciosas, en vez de propiciarla, han agudizado la crisis del país, lo que es entendible, dada la procedencia y forma en la que fueron seleccionados para tan importante cargo. Consecuentemente, al pertenecer al Pacto de Corruptos, esos magistrados, han sido piezas clave para la cooptación del Estado y la crisis sin precedentes que se vive en Guatemala, el cambio en el ejecutivo solo ha sido el primer paso para la recuperación de las instituciones y el comienzo para su rescate.

Aunque necesariamente un Estado requiera, para su conformación y funcionamiento, de leyes, a eso no se reduce lo que este es. La estrecha o tendenciosa visión de algunos juristas en Guatemala, consideran que así es, a pesar de que las leyes en este país, como decía Balzac, son como las telas de araña, a través de las cuales pasan libremente las moscas grandes y quedan enredadas las pequeñas. Miopes de lo que significa una sociedad, su origen y finalidad, en la que se resalta la búsqueda de protección, estabilidad y bienestar para los que la conforman, solo atienden al marco legal.

La cohesión política está por encima de la ley, al menos de aquellas que protegen los intereses de los poderosos y castigan a los desposeídos, por lo que separar lo político de la ley constituye un error ya que son aspectos que deben estar en armonía. La ley no tiene valor alguno en sí misma, la tiene cuando recoge los genuinos intereses sociales para la convivencia armoniosa y persigue el bien común y la libertad, dentro de un ámbito de justicia y equidad.

No obstante, frecuentemente se habla de la judicialización de la política y la politización de la justicia, pareciera que son ámbitos distintos, tangencialmente alejados el uno del otro y no es así, ya que lo político abarca el campo de lo jurídico y las leyes se establecen para determinar las relaciones de poder.

Es de resaltar que la intromisión excesiva de lo jurídico en la esfera política, entorpece la labor que pueda llevarse a cabo en la sociedad, tendente a su buen funcionamiento. De la misma forma, las leyes en Guatemala se han retorcido, corrompido, para lograr objetivos espurios, a través de la interpretación de jueces y magistrados deshonestos que hacen de las instituciones públicas centros de transacciones oscuras e indecentes.

De tal modo que son las personas las que dignifican a las instituciones, por lo que es esencial poner singular atención y cuidado en quiénes son las electas o designadas a esos cargos. Dice un proverbio turco: Cuando un payaso se muda a un palacio no se vuelve un rey, el palacio se vuelve un circo...

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